¿QUÉ ES UNA AFORE?
Administradoras de
Fondos para el Retiro
Las Administradoras
de Fondos para el Retiro, (AFORE), son instituciones financieras privadas
de México, que administran fondos de retiro y ahorro de los trabajadores
afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y
recientemente de los afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado. Fueron creadas por la Ley
del seguro social de 1997 e iniciaron su operación el 1° de Julio del
mismo año. Su funcionamiento está regulado por la Comisión Nacional
del Sistema de Ahorro para el Retiro, (CONSAR) y autorizado
por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Su finalidad es que
todos los trabajadores puedan contar con una pensión al momento de su retiro,
cuando los recursos de la AFORE no son suficientes para la
pensión, el trabajador recibe una pensión garantizada del gobierno mexicano,
equivalente a 1 salario mínimo del Distrito Federal por día y que se
actualizará el mes de febrero todos los años conforme al INPC.
Cada trabajador
asegurado tiene derecho a una cuenta individual en una AFORE, cuando
el trabajador no elige una AFORE sus recursos van a una cuenta
concentradora, tiempo después es asignado a una AFORE, pero puede solicitar el
traspaso de los recursos a la AFORE de su preferencia una vez
al año, los depósitos en esta cuenta son aportados por el trabajador, el patrón
y el estado, el aporte se realiza cada bimestre, los meses de enero,
marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
La cuenta se
subdivide en:
- Retiro,
cesantía en edad avanzada y vejez
- Aportaciones
voluntarias
- Aportaciones
complementarias
- Vivienda,
la AFORE sólo informa al trabajador el saldo de la
subcuenta, pero esos recursos los administra el INFONAVIT.
El dinero depositado
en las AFORE S se invierte para generar rendimientos y
a su vez incrementar el saldo total de la cuenta al momento del retiro del
trabajador. Las inversiones de estos recursos están a cargo de las Sociedades
de inversión especializadas de fondos para el retiro, (SIEFORES). Existen
5 SIEFORES de acuerdo al grupo de edad del trabajador.
- SIEFORE
5: Menores de 26 años
- SIEFORE
4: Entre 27 y 36 años
- SIEFORE
3: Entre 37 y 45 años
- SIEFORE
2: Entre 46 y 55 años
- SIEFORE
1: Mayores de 56 años
Entre más jóvenes
son los trabajadores, las SIEFORES invierten sus recursos
en instrumentos más diversificados que a su vez pueden ofrecer
mayoresrendimientos, a medida que el trabajador envejece, los instrumentos
utilizados son más seguros y menos riesgosos.
¿Como elegir la mejor Afore?
Si aún no sabes qué AFORE seleccionar,sólo debes informarte bien
y tomar en cuenta tres factores muy importantes: Si aún no sabes qué AFORE seleccionar,sólo debes informarte bien
y tomar en cuenta tres factores muy importantes:
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1. ¿Sabes qué es una AFORE?
AFORE es una
Administradora de Fondos para el Retiro que se especializa en el manejo de
los fondos para el retiro de los trabajadores. Las AFORES son empresas
financieras debidamente autorizadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito
Publico y supervisadas por la CONSAR.
2. ¿Quién puede
hacer uso de una AFORE?
Si estás
afiliado al IMSS, el sistema de pensiones te cubre de acuerdo a los
requisitos de ley (1,250 semanas de cotización). Este sistema te permite elegir la AFORE que más te convenga. Además, se pueden registrar en una AFORE los trabajadores al servicio del estado e independientes. Consulta la AFORE de tu preferencia.
3. ¿Cómo
funcionan las AFOREs?
Las AFORES no son un banco, ni una aseguradora. Son instituciones que se dedican exclusivamente a administrar e invertir los recursos depositados en la cuentaindividual de los trabajadores y tienen el objetivo de ofrecer al trabajador una pensión en el momento de su retiro.
4. ¿Qué es la
cuenta individual y qué aportaciones se registran en ella?
Es la cuenta
personal y única de cada trabajador administrada por la AFORE.
Durante la vida
laboral del trabajador se acumulan las aportaciones que realizan:
1. El patrón.
2. El gobierno.
3. El propio trabajador.
A su vez, las
aportaciones que se registran son:
• Retiro,
Cesantía y Vejez (rcv).
• Cuota Social.
• Aportaciones
voluntarias.
• Aportaciones
complementarias.
• Subcuenta de
SAR 92 (para los trabajadores que cotizaron antes de julio de 1997).
• Vivienda.
5. ¿Qué es la
subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) y Cuota Social (CS)?
En esta
subcuenta se depositan las aportaciones tripartitas, es decir:
las que realizan tu patrón, el gobierno federal y el trabajador.
Las aportaciones
son bimestrales y se realizan en la siguiente proporción
por cada día cotizado en el IMSS:
Patrón: el 2% de tu salario base de cotización para
retiro y 3.15%
de tu salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.
Gobierno: 0.225% del salario base de cotización por
cesantía
en edad avanzada y vejez.
Trabajador: 1.125% sobre el salario base de cotización.
Cuota
Social: la aporta el
gobierno y depende de los Salarios Minimos que perciba el trabajador, para
trabajadores que ganen más de 15 Salarios Mínimos no hay cuota social
6. ¿Qué es la
subcuenta de vivienda?
En ella se
concentran los recursos fiscales que los patrones aportan a favor de sus
trabajadores y que ascienden al 5% de sus salarios. Esta subcuenta sólo es
registrada por la AFORE, ya que la administración de esos recursos la hacen
elinfonavit o el fovissste de acuerdo a sus fines. Las AFOREs no tienen
ninguna responsabilidad sobre estos recursos.
7. ¿Qué es la
subcuenta de aportaciones voluntarias?
Si lo deseas,
podrás llevar a cabo aportaciones de manera voluntaria que
servirán para complementar tu pensión. Puedes realizarlas personalmente en tu AFORE o solicitarle a tu patrón que las realice haciendo un descuento de tu sueldo.
No hay montos
mínimos ni máximos.
8. ¿Qué es la
subcuenta de aportaciones complementarias?
Tiene el propósito de incrementar el monto de tu pensión, estas aportaciones las podrán realizar tú o tu patrón en cualquier momento. Sólo podrás disponer de estas aportaciones al momento de tu retiro.
9. ¿Cómo saber
en que AFORE estoy?
Si no conoces la
AFORE en que está tu cuenta individual, la alternativa es llamar al
teléfono de la Consar: 01 800 500 0747.
Es importante tener a la mano el Número de Seguridad Social (NSS ), mismo que es otorgado por el i mss. Por seguridad, sólo podrás utilizar este servicio una vez al día.
10. ¿Por qué me
beneficia registrarme desde el principio en una AFORE?
Porque de este
modo podrás darle seguimiento a las aportaciones que
recibe tu fondo de ahorro para el retiro y su evolución. Además podrás realizar aportaciones voluntarias.
11. ¿En qué debo
fijarme a la hora de elegir una AFORE?
Para elegir una
AFORE debes tomar en consideración tres factores:
a) Rendimientos. Cada AFORE te ofrece rendimientos por
el manejo de
tus recursos. Es importante que te informes, ya que este aspecto también influye directamente en el monto de tu pensión.
b) Comisiones. Cada una de las AFOREs puede cobrar un porcentaje
de comisión distinto por sus servicios, pero la única que cobran por
administrar
tu cuenta es la comisión sobre saldo.
Ten en cuenta
que el rendimiento neto considera el rendimiento ofrecido menos la comisión.
c)
Servicios. Cada AFORE puede
ofrecerte servicios adicionales, por ejemplo, enviarte tus estados de cuenta
con más frecuencia, darte la opción de consultar tu saldo por teléfono,
Internet o cajeros automáticos, contar con más sucursales y hacer descuentos
a las comisiones que cobra por antigüedad, entre otros.
12. ¿Cómo me
registro en una AFORE?
Si ya elegiste
la AFORE que administrará tu cuenta individual, únicamente
deberás acudir a las oficinas de la administradora o solicitar los servicios correspondientes. Ésta te deberá proporcionar junto con la solicitud de registro vigente, el contrato de administración de fondos con la AFORE y el documento de rendimiento neto vigente donde se muestra el comparativo de rendimientosdescontada la comisión que cobran todas las AFOREs. De este modo podrás comparar entre ellas y decidir cuál es la que te conviene más. Si no firmas este formato, tu solicitud de registro no será válida.
13. ¿Por qué
la AFORE me cobra una comisión?
• Porque administran los fondos de las cuentas individuales de los trabajadores, es decir, llevan el registro puntual de las aportaciones que ingresan a tu cuenta individual.
• Porque
procuran que obtengas rendimientos adecuados y seguridad en la
inversión de tus ahorros.
• Porque al
momento del retiro, se encargan de entregar los recursos de la
cuenta individual a la institución de seguros que el trabajador o sus beneficiario elijan para contratar la pensión.
• Porque por ley
deberán enviarte dos estados de cuenta al año.
El porcentaje de
comisión que cobra la AFORE en la que estás registrado influirá en el monto
de tu futura pensión. Por eso, infórmate de quién es quién en el cobro
decomisiones.
14. ¿Cómo me
cambio de AFORE?
A partir de abril de 2008 los cambios de una AFORE a otra podrán realizarlos una vez por año, y antes de ello solamente una vez más, si el traspaso se realiza a una AFORE con mayor rendimiento neto; es decir, una AFORE que te ofrezca una mayor tasa de interés por tus ahorros después de las comisiones.
15. ¿Cuándo me
puedo pensionar bajo la Ley 1997?
Pensión por
cesantía o vejez, cuando cumplas con alguno de estos requisitos:
• Contar con un mínimo de 1,250 semanas cotizadas. • Tener 60 años para retirarse por cesantía ó 65 por vejez.
16. ¿Si dejo de
trabajar, qué pasa con mi AFORE?
Los recursos
permanecen en tu cuenta individual, sin que nadie pueda hacer uso
de ellos. Tus recursos seguirán obteniendo rendimientos hasta que
cumplas con los requisitos de retiro. Por edad, cuando cumplas 60 años o por
semanas de cotización, al menos con 1,250.
17. ¿Puedo
disponer en forma parcial de los recursos de mi cuenta individual?
Solamente podrás
hacerlo en los siguientes casos:
Por desempleo.
Podrás retirar lo que resulte menor entre 75 días de salario
base de cotización y el 10% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) a partir del día 46 en que quedaste sin empleo. Este retiro sólo podrás ejercerlo una vez cada cinco años. Para tramitarlo deberás acudir al i mss y solicitar la constancia de baja; posteriormente acudir a la AFORE para que concluyas el trámite.
Por matrimonio.
Tendrás derecho a retirar 30 días de salario mínimo vigente
en el DF, siempre y cuando tengas acreditadas un mínimo de 150 semanas de cotización en la subcuenta de RCV a la fecha de celebración del matrimonio.
Para ello,
deberás solicitar al IMSS la resolución de ayuda para gastos de
matrimonio y posteriormente acudir ante la AFORE para solicitar el retiro.
18. ¿Cuándo debo
recibir mis estados de cuenta?
Por ley, las
AFOREs deberán enviarte tres veces al año, a tu domicilio, el estado de
cuenta. Tu estado de cuenta deberá incluir la siguiente información:
a) Las aportaciones patronales, del gobierno y del
trabajador.
b) El número de días de cotización registrado
durante cada bimestre.
c) Los rendimientos obtenidos.
En caso de que no recibas los estados de cuenta de tu AFORE, o tus datos personales no coincidan, notifica dicha irregularidad a tu AFORE. Asimismo, deberás verificar cada vez que recibas tu estado de cuenta que tus datos personales sean correctos, que tu número de seguridad social sea con el que tu patrón te tiene registrado en el i mss, la fecha de corte y los importes correspondientes.
19. ¿Es posible
traspasar mis recursos de la cuenta individual del ISSSTE a una AFORE?
Si tus recursos
son del issste, pregunta a tu AFORE cuándo podrás unificar
las cuentas individuales.
20. ¿Cómo se
efectúan las aportaciones voluntarias a una cuenta individual?
Las puedes
realizar de dos formas: tú mismo o por conducto de tu patrón.
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ACCIÓN: Título
valor que representa una de las fracciones iguales en las que se divide el
Capital social de una sociedad anónima. Sirve para acreditar y
transmitir la calidad y los derechos de socio y su importe manifiesta el límite
de la obligación que contrae el tenedor de la acción ante terceros y la
empresa.
AFORE: A las Administradoras de Fondos para el Retiro.- Entidades financieras autorizadas por CONSAR, que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las Cuentas Individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las Leyes de Seguridad Social, así como administrar Siefores.
AFORE RECEPTORA: Aquélla que asume la administración de la Cuenta Individual objeto de un traspaso.
AFORE TRANSFERENTE: Aquélla que deja de administrar la Cuenta Individual objeto de un traspaso entre Afore y Afore.
AGENTE PROMOTOR: Aquella persona física que teniendo una relación de trabajo con una Afore o que habiendo celebrado un contrato con ésta, se encuentre autorizado para realizar actividades de registro de Cuentas Individuales, de comercialización, promoción y atención de solicitudes de traspasos, llevando a cabo dichas actividades en nombre y por cuenta de la Afore.
AJUSTABONOS: Bonos ajustables del Gobierno Federal. Instrumentos de crédito a largo plazo. Ajustables periódicamente según las variaciones del Índice Nacional de Precios al Consumidor y liquidables al vencimiento.
APORTACIÓN: Cantidad que se deposita periódicamente en la Cuenta Individual de cada Trabajador y que resulta de las contribuciones obrero - patronales y del Gobierno Federal para la pensión.
APORTACIÓN PARA VIVIENDA: Cantidad que aportan los patrones por concepto de INFONAVIT. Equivale al 5% del Salario Base de Cotización del Trabajador.
APORTACIÓN VOLUNTARIA: La cantidad que libremente el asegurado y/o su patrón pueden depositar en la Cuenta Individual del Trabajador con el objeto de incrementar su ahorro para el retiro.
AUTORREGULACIÓN: Es la actividad por la que los participantes del Mercado de Valores se autoimponen normas de conducta y operativas, supervisan su cumplimiento y sancionan su violación, constituyendo así un orden ético y funcional de carácter gremial complementario al dictado por la autoridad formal.


